Cambios a la normativa flexibilizan la transferencia de estudiantes por cambio de carrera dentro de la Usach

Ya no se exigirá tener todas las asignaturas de primer año aprobadas ni habrá cupos definidos por carrera. Para este año académico 2022, el plazo de envío de solicitudes vence el 4 de marzo.
Según explica la Directora de Pregrado, en cada facultad y en la Escuela de Arquitectura, “se establecerá un procedimiento para el proceso de evaluación de los antecedentes, en función de sus reglamentos y requisitos internos, para resolver la aceptación o rechazo de la solicitud presentada, con la justificación respectiva de respaldo, que deberá ser comunicada a la/el estudiante”.
Con el objetivo de proporcionar al estudiantado la opción de cambiar de carrera o especialidad, se puso en marcha un nuevo reglamento de transferencia por cambio de carrera al interior de la Usach. Según la norma, la transferencia implica “la renuncia a la carrera anterior, conservando la condición de alumno regular de la universidad, en otra carrera o especialidad”.  
 
Para optar a una transferencia por cambio de carrera, se deberán cumplir los siguientes requisitos: No haber perdido la calidad de alumno/a regular de la Universidad de Santiago de Chile; el/la estudiante podrá presentar la solicitud de transferencia durante el curso del segundo nivel de la carrera de origen y antes de completar el 80% de las asignaturas del plan de estudio de la carrera de origen; la aceptación de transferencia de carrera queda sujeta a la aprobación de al menos del 70% de las asignaturas de los dos primeros niveles de la carrera de origen y al cumplimiento de requisitos de transferencia definidos en cada Facultad o Escuela.
 
La solicitud debe ser presentada en la respectiva Facultad o Escuela de la carrera a la que desea postular, en el periodo definido en calendario académico. Para este año, el plazo de envío de solicitudes vence el viernes 4 de marzo de 2022.
 
“La nueva normativa flexibiliza los requisitos para presentar solicitudes. Ya no se exigirá tener aprobados el 100% de asignaturas cursadas del primer año, ni habrá cupos fijos por carrera. Las unidades académicas decidirán si aceptan o rechazan la postulación en función de los antecedentes del postulante, el nivel al que se integra en la nueva carrera y la factibilidad de aumentar la cantidad de estudiantes”, precisó María Luisa Saavedra, Directora de Pregrado.
 
El cambio de carrera se hará efectivo al inicio del semestre lectivo siguiente a aquel en que se solicitó la transferencia. 
 
Según explica la Directora de Pregrado, en cada facultad y en la Escuela de Arquitectura, “se establecerá un procedimiento para el proceso de evaluación de los antecedentes, en función de sus reglamentos y requisitos internos, para resolver la aceptación o rechazo de la solicitud presentada, con la justificación respectiva de respaldo, que deberá ser comunicada a la/el estudiante”.
 
De acuerdo al reglamento, si se producen convalidaciones, “serán sin costo alguno para el estudiante”. No obstante, se establece que “es responsabilidad del estudiante estar en conocimiento de las consecuencias de la transferencia en sus beneficios”.
Autor: 
Francisca Jara
Fotografía: 
Cedida