El también vicepresidente del Consejo de Rectores afirmó que la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que descartó los recursos de protección presentados por algunos establecimientos educacionales, tendientes a impedir el aumento en la ponderación del Ranking de Notas, “ratifica nuestro aporte a la inclusión y la equidad en el acceso a la Educación Superior”. “Estamos muy contentos por las miles de familias que hoy podrán ver que tienen una posibilidad real de acceso a la Educación Superior”, agregó el rector Juan Manuel Zolezzi, en conferencia de prensa.
El vicepresidente del Consejo de Rectores (Cruch) y rector de la Universidad de Santiago de Chile, Juan Manuel Zolezzi, calificó como “muy positiva” la decisión de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago de rechazar los recursos de protección interpuestos por liceos emblemáticos, tendientes a impedir un aumento en la ponderación del ranking de notas en las postulaciones a universidades tradicionales.Zolezzi señaló que la resolución judicial “ratifica nuestro aporte a la inclusión y la equidad en el acceso a la educación superior” y calificó el fallo como “un reconocimiento implícito a nuestro trabajo como Consejo de Rectores para el país, lo que nos alegra mucho”.“Estamos muy contentos por las miles de familias que hoy podrán ver que tienen una posibilidad real de acceso a la educación superior”, agregó el vicepresidente del Cruch.Juan Manuel Zolezzi enfatizó que “el fallo nos deja tranquilos y conformes porque muestra que estamos haciendo una contribución al país y esperamos seguir aportando del mismo modo”.Asimismo, el rector de la U. de Santiago de Chile, manifestó que en el Cruch valoran la decisión de la Corte, debido a que “potencia algo que nunca se debió dejar de potenciar, que es la importancia de que los alumnos estudien durante los cuatro años de la enseñanza media y entiendan que esa es la mejor medida para entrar a la universidad. No deben entrenarse solo para una prueba”.“La Prueba de Selección Universitaria es un instrumento estándar que demostrará, nuevamente, la misma brecha que hemos visto todo los años. Eso no cambiará porque la estructura escolar en Chile es segregadora”, agregó Zolezzi.Actitud “errática” de la ministra SchmidtConsultado por la postura de la ministra de Educación, Carolina Schmidt, respecto al aumento de la ponderación del ranking de notas, Juan Manuel Zolezzi, indicó que la actitud de la secretaria de Estado “ha sido un poco errática”.“(La ministra) se mostró en algunos momentos a favor y otras veces en contra. Ella obviamente puede tener una opinión distinta a la nuestra, pero cuando nosotros le pedimos al Ministerio de Educación que en marzo integrara junto a nosotros la comisión que iba a trabajar sobre el ranking y que definiría la fórmula de cálculo, ellos se restaron, por lo tanto, creo que para hacer críticas hay que tener fundamentos y respaldo moral”, manifestó el rector de la U. de Santiago de Chile.Una medida “objetiva y razonable”El dictamen aprobado en forma unánime por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechaza los trece recursos de protección presentados por los establecimientos tradicionales, señala que la modificación al sistema de ponderación del ranking de notas no es “ilegal ni arbitraria” y que “persigue igualdad de oportunidades para el mérito y la capacidad de los estudiantes, por lo que no se advierte trato discriminatorio en relación a los denominados “colegios emblemáticos””.“La medida es general, objetiva y razonable y sólo busca reconocer una posición relativa de los alumnos en la enseñanza media pero en su respectivo establecimiento sobre la base del rendimiento académico de alumnos egresados en años anteriores con miras a potenciar el ingreso de los mejores alumnos y mejorar las tasas de titulación”, agrega el fallo.Asimismo, la Corte sostiene que la disposición del Cruch “no adolece de ilegalidad y tampoco corresponde al mero capricho de las autoridades que lo diseñan y aplican, en tanto, como ya se dijo, se enmarca en un proceso de mejoramiento de la Educación Superior, y se sustenta en informes técnicos que determinan sus fines y la conveniencia de implementarlo”.Finalmente, el documento judicial indica que “la publicidad e información entregada a la comunidad se ajusta a los tiempos y calendario diseñados, sin que se observe en el discurso de los recurrentes argumentos o medidas concretas que justifiquen su aplazamiento”. [[{"type":"media","view_mode":"media_large","fid":"2861","attributes":{"alt":"","class":"media-image","typeof":"foaf:Image"}}]]