El cuatro de octubre de 1973 Ricardo Gustavo Rioseco Montoya, 22 años, estudiante de la Universidad Técnica del Estado (UTE) de Santiago, se encontraba en Angol visitando a su padre, exregidor comunista que estaba detenido en la cárcel de la ciudad. Su arresto fue realizado por una patrulla militar en su domicilio. En el trayecto hacia el regimiento Húsares de Angol, los mismos efectivos detuvieron al menor Luis Raúl Cotal Álvarez, de 14 años, sin militancia política y que circulaba en la vía pública.
Luego el joven y el niño fueron trasladados al recinto militar, donde uniformados de dicho establecimiento los fusilaron. Posteriormente ambos cuerpos fueron lanzados al río Malleco. Sin embargo, ante el aviso de avistamiento de los cuerpos en el afluente, los militares del regimiento los retiraron, sin que a la fecha se tenga información de su paradero.
Así lo establece el fallo (causa rol 63.534) del ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre. En el documento el magistrado condenó a trece militares en retiro -que en la época cuando ocurrieron los hechos pertenecían al regimiento sureño- por su responsabilidad en los delitos de lesa humanidad de homicidio calificado de Ricardo y Luis.
El magistrado condenó en calidad de autores al entonces teniente Germán Eduardo Ojeda Bennett; a los subtenientes Carlos Patricio Bunster Medina, Alejo César Tisi Gómez, Jorge Alberto Lagos Robles, Alessandro Ernesto Cartoni Pruzzo, Manuel Arturo Montero Souper, Eduardo Humberto Carrasco Hauenstein, y al cabo José Omar Correa Martínez a 19 años de presidio, en calidad de autores de los delitos. En tanto, el otrora conscripto Luis Alejandro Toledo Osses deberá cumplir 15 años y un día de presidio.
Mientras que el subteniente Gabriel Enrique Fuentes Campusano y el soldado conscripto José Liborio Lavín Leiva deberán purgar 13 años de presidio, en calidad de cómplices; y el cabo primero Mario Hernán Tapia Sepúlveda como también el teniente Carlos Alberto Campusano Osorio deberán cumplir 5 años de presidio efectivo, por su responsabilidad como encubridores.
“Indudablemente que es un avance en materia de obtención de la verdad y justicia en causas tan relevantes y dolorosas como las relativas a violaciones de derechos humanos, sobre todo en un contexto marcado por los 50 años desde el golpe de estado de 1973”, remarca Gustavo Valdés Pérez, jefe de la Unidad de Litigios, de la Secretaría General.
En ese sentido, el abogado agrega que “mantenemos nuestro compromiso -desde lo jurídico- en orden a seguir la tramitación de esta y otras causas en materia de derechos humanos, a fin de velar por el esclarecimiento judicial de estos graves hechos y determinar los responsables de los mismos, a fin que sean condenados a las penas más altas que establece nuestro ordenamiento jurídico ante estos crímenes (…) No podemos claudicar respecto de causas de derechos humanos que involucran en calidad de víctimas a miembros de nuestra comunidad universitaria”.
50 años de espera
El presidente de la Corporación Solidaria UTE-Usach, Emilio Daroch Fernández, recuerda con cariño a Ricardo Rioseco, quien por esa época estudiaba la carrera de Historia en la UTE. “Era muy tranquilo, un buen estudiante, lo conocimos por su forma de ser, por su actitud siempre generosa, participando activante en las actividades propias del movimiento estudiantil de la época (…) era un buen muchacho que fue asesinado de forma vil, sin ningún tipo de consideración”.
Durante la dictadura, el crimen del estudiante UTE fue sobreseído por la amnistía a la que se acogió el principal inculpado. Sin embargo, el Ministerio del Interior, a través del Departamento de Derechos Humanos hizo reabrir este caso y se nombró un ministro en visita. “Es un fallo importante, lo veníamos esperando hace mucho tiempo. Se cierra una etapa, a pesar que viene un largo proceso, donde seguramente los militares acusados pedirán cumplir las penas que se les otorguen en sus casas, pero como Corporación le hemos solicitado a la Universidad, que el área jurídica del Plantel interceda para que no se cumpla esa situación, porque creemos que estos actos facinerosos merecen la mayor pena. Pese a ello, estamos muy contentos porque se entregue un poco de justicia a sus familias, pero apenados porque pasaron cincuenta años para obtuvieran un poco de justicia”, agrega.
Igualmente, el dirigente agradeció que compromiso que ha tenido la Dirección Jurídica del Plantel con la defensa de los derechos humanos de todas y todos los miembros de nuestra comunidad educativa que padecieron los horrores de la dictadura.
Una vez notificado el fallo a los condenados, comienza el plazo para que estos puedan presentar recursos en contra de la sentencia que los condena. Luego, la causa sube para el conocimiento de dichos recursos ante la Corte de Apelaciones de Temuco.
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En el fallo del ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, se establece que las personas ligadas, en esa época, al Ejército, eran parte del regimiento Húsares de la ciudad de Angol, en la región de La Araucanía. “Es una sentencia importante, que veníamos esperando hace mucho tiempo”, señala a Usach al Día el presidente de la Corporación Solidaria UTE-Usach, Emilio Daroch.
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