Dada la relevancia de que la comunidad de nuestra Casa de Estudios se haga parte del proceso de modificación al Estatuto Orgánico, es que el Comité Triestamental, CTEO, ha querido compartir una serie de conceptos y fechas clave que forman parte del desarrollo de esta iniciativa y que entregamos con miras a aportar con mayor información para la toma de decisiones que se avecina a nuestra Universidad.
-¿Qué es el Estatuto Orgánico?
-El Estatuto Orgánico de la Universidad de Santiago de Chile es su texto legal fundamental. Haciendo una analogía, es para nuestra Institución lo que es la Constitución para el país.
-¿Qué se establece en el Estatuto Orgánico?
-En él se establece la misión y principios de nuestra Universidad, así como también sus organismos y atribuciones, la estructura institucional, la composición de la comunidad universitaria y la organización de los estudios universitarios, entre otras materias. Se trata de una ley de la República que debe aprobar el parlamento y promulgar el Presidente de la República.
-¿Cuál es el estatuto que rige a la Universidad de Santiago de Chile en la actualidad?
-El estatuto orgánico impuesto en dictadura el año 1981 (DFL-149).
-¿Qué establece la nueva Ley N°21.094 de Universidades del Estado?
-La nueva Ley N° 21094 establece el marco regulatorio para todas las Universidades del Estado, los principios que deben guiarla, los órganos colegiados más relevantes, sus funciones, entre otras varias cuestiones que serán comunes para todas las universidades. Dentro de ese marco regulatorio, hay unos espacios (artículos vinculados principalmente al título II) en los que se indica expresamente que es la comunidad universitaria la que debe resolver esos puntos.
-¿Qué sucede si la Universidad no presenta un Estatuto Orgánico?
-De acuerdo a la Ley N° 21094, en caso que la Universidad no presente un proyecto en el plazo fijado, será el Poder Ejecutivo quien impondrá un Estatuto tipo, cuyo texto se encuentra disponible desde el año pasado.
-¿Cuándo se realizaron las elecciones del Comité Triestamental del Estatuto Orgánico?
-Las elecciones se realizaron a través de la votación directa de los integrantes de cada estamento el 17 de abril de 2019 y se respetó al menos un 40 por ciento de género en su conformación.
-¿Cuándo se constituyó el Comité Triestamental?
-El Comité Triestamental del Estatuto Orgánico se constituyó el 24 de abril de 2019 en el Salón de Honor de la Universidad de Santiago de Chile.
-¿Quiénes conforman el Comité Triestamental del Estatuto Orgánico?
-El Comité Triestamental del Estatuto Orgánico lo conforman 30 integrantes: 19 académicos, 7 estudiantes, 3 administrativos y un profesor por hora de clase.
-¿Qué función tiene el Comité Triestamental del Estatuto Orgánico?
-El Comité Triestamental del Estatuto Orgánico se encargará difundir y promover el proceso de modificación, comunicando los principales puntos sobre los cuales deben versar las propuestas; recibir, analizar, discutir y sistematizar las propuestas de modificación del Estatuto Orgánico que emanen de la comunidad universitaria, para se presentadas en forma de votos al Consejo Académico.
-¿El Comité Triestamental del Estatuto Orgánico elabora las propuestas?
-No, el Comité tiene la tarea de difundir y promover el proceso de reforma, sistematizar, consolidar y presentar las propuestas de votos (nacidas de la comunidad y avaladas por 25 de sus integrantes) ante el Consejo Académico.
-¿Qué actividades de difusión realiza el Comité Triestamental del Estatuto Orgánico?
-Desde su constitución el Comité Triestamental del Estatuto Orgánico organiza actividades que tienen por objeto contribuir a un diálogo informado y fortalecer los debates entre los distintos actores del plantel.
-¿Hasta cuándo hay plazo para que la comunidad universitaria presente las propuestas para modificar el Estatuto Orgánico?
-Hasta el 16 de octubre de 2020, a través de la plataforma digital disponible para ello en la página web del CTEO.
-¿Cuál es el requisito que se pide?
-Las propuestas que emerjan desde la comunidad deben ser respaldadas con 25 firmas de miembros del Plantel, ya sea estudiante, académico, funcionario, profesional o administrativo. Se busca que las propuestas no nazcan de la voluntad individual, sino que den cuenta que este ha sido un proceso participativo.
-¿Las firmas deben emanar de alguna unidad en particular?
-No, las 25 firmas pueden ser de miembros de distintas unidades y estamentos.
-¿Las propuestas que se realicen deben contemplar todo el documento?
-No, las 25 firmas pueden respaldar la respectiva modificación, eliminación o agregación al D.F.L. 149, de acuerdo a lo que indica y permite la ley 21.094.
-¿En qué periodo el Comité Triestamental sintetizará las propuestas de votos?
La Sistematización de Propuestas se realizará desde el 16 de octubre hasta el 4 diciembre de 2020.
-¿Quién revisará estas propuestas?
-Una vez que el Comité Triestamental de Estatuto Orgánico sistematice las propuestas de la comunidad universitaria y elabore las propuestas de voto, éstas serán validadas por el Consejo Académico.
-¿Qué ocurrirá con ellas?
-Se someterán a plebiscito el 21 y 22 de enero de 2021.
¿En qué modalidad se desarrollará el plebiscito?
En atención al contexto sanitario que vive el país, y como una manera de asegurar la realización y participación en el Plebiscito, el Consejo Académico ha acordado desarrollar el acto plebiscitario en la modalidad en línea, con apoyo de empresas externas, implementando las condiciones técnicas, operativas y de seguridad que este proceso necesita, en favor del resguardo sanitario de todas y todos.
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El Período de Reflexión como el Período de Recepción de Propuestas, iniciados el 25 de abril de 2019, fue extendido hasta el 16 de octubre de 2020. La Sistematización de Propuestas se realizará desde el 16 de octubre hasta el 4 de diciembre de 2020 y el Plebiscito institucional, en tanto, se efectuará los días 21 y 22 de enero de 2021.
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